De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 87 de 1993, El Modelo Estándar de Control Interno debe ser aplicado por todos los organismos y organizaciones de las Ramas del Poder Público en sus diferentes órdenes y niveles, por la organización electoral, los organismos de control, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado. En consecuencia, dichas organizaciones deberán adaptar este modelo acorde con el tamaño y la naturaleza de las actividades según su objeto legal.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió, el 21 de mayo de 2014, el decreto 943 "Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno - MECI", en el cual se determinan las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, en relación a lo anterior se procede a presentar el diagnóstico realizado en La Corporación Autónoma Regional del Cesar "CORPOCESAR".
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
NTCGP-1000:2009
MECI 1000:2014 - DECRETO 943 DE 2014
MODELO INTEGRADO DE PLANEACION Y GESTIÓN
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Subdirección genaral área de planeación.
Esperanza Charry Morón.
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