REGISTRO - RESPEL -
El Registro es un instrumento de captura de información, cuyo fin es contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre la generación y manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del país.
El Decreto No. 4741 del 30 de Diciembre de 2.005 y la Resolución No. 1362 del 2 de Agosto de 2.007 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamentan y establecen los procedimientos a seguir para registrar las personas y actividades que generan
residuos o desechos peligrosos ante las autoridades ambientales. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, IDEAM, es el ente encargado de recopilar esta información a nivel nacional y mediante la Resolución No. 043 del 14 de Marzo de 2.007,
estableció los estándares para el acopio de datos, procesamiento y difusión de información para el Registro de Generadores de Residuos o desechos peligrosos.
COMO INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE GENERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS
Todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen cualquier tipo de actividad generadora de residuos o desechos peligrosos, deberán solicitar su inscripción en el
Registro de Generadores de residuos o desechos peligrosos, mediante comunicación escrita dirigida a la autoridad ambiental, de acuerdo a las categorías y plazos establecidos en la Resolución 1362 de 2007.
Procedimiento para solicitar y diligenciar el registro:
Manual para el diligenciamiento del Registro vía Web
Registro Obligatorio de Generadores de Residuos PeligrososDec_4741 de 2005_Respel.pdf
Res_1362_02 - 08-07.pdf
Formato de Inscripcion de Registro Generadores de RESPEL.
Política Ambiental RESPEL 2022-2030.
Folleto informativo política Ambiental RESPEL 2022-2030.
Ingresar al Registro de Generadores de Resuduos Peligrosos
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